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Calculadora del modelo 130 (IRPF trimestral)

Cada trimestre adelantas a Hacienda una parte de tu IRPF. Mete tus ingresos y gastos del año y te decimos cuánto toca pagar.

1. ¿Qué trimestre vas a presentar?

Las cifras son acumuladas: todo lo de enero a septiembre.

6. Tu rendimiento neto del año pasado

Si el año pasado ganaste poco, te puedes restar hasta 100 € por trimestre.

TU MODELO 130 · 3T
Rendimiento neto acumulado13.000,00 €
20 % de ese rendimiento2600,00 €
− Retenciones−0,00 €
− Pagos anteriores del año−1200,00 €
Resultado1400,00 €A ingresar. Plazo para presentar el modelo 130 del 3T: del 1 al 20 de octubre.

Cálculo orientativo para estimación directa. No incluye la reducción por gastos de difícil justificación de la estimación directa simplificada ni otros casos especiales.

Cómo se calcula el modelo 130

El modelo 130 es un pago a cuenta de tu declaración de la renta. En lugar de pagarlo todo de golpe en junio, vas adelantando una parte cada trimestre. La fórmula es:

20 % × (ingresos − gastos desde el 1 de enero) − retenciones − lo ya pagado en trimestres anteriores

Las retenciones que te hacen tus clientes en las facturas también son adelantos de tu IRPF, por eso se restan. Y si el año pasado tu rendimiento neto fue de 12.000 € o menos, puedes restarte además una pequeña deducción de hasta 100 € por trimestre.

Un ejemplo con números

Andrea es traductora y vende sobre todo a particulares, sin retención. De enero a septiembre ha ingresado 18.000 € y ha tenido 5.000 € de gastos, cuotas de autónomo incluidas.

Su rendimiento acumulado es 13.000 €, y el 20 % son 2.600 €. En el primer y segundo trimestre ya pagó 1.200 € en total, así que en el tercero le tocan 1.400 €, a pagar entre el 1 y el 20 de octubre.

130 y 303: la pareja de cada trimestre

El modelo 130 (IRPF) y el modelo 303 (IVA) se presentan en las mismas fechas. Puedes calcular también tu IVA con nuestra calculadora del modelo 303.

Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a presentar el modelo 130?

Sí, si eres autónomo en estimación directa del IRPF. La excepción más común: si eres profesional y el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos llevaron retención en factura, no tienes que presentarlo.

¿Por qué las cifras son acumuladas?

Porque el modelo 130 se calcula siempre desde el 1 de enero. En cada trimestre calculas el 20 % de todo lo del año y restas lo que ya pagaste en los trimestres anteriores. Así, si un trimestre va peor, se compensa solo.

¿La cuota de autónomos cuenta como gasto?

Sí. Tus cuotas a la Seguridad Social como autónomo son un gasto deducible y debes incluirlas en los gastos del modelo 130.

¿Qué pasa si me sale negativo?

Presentas el modelo con resultado cero o negativo y no pagas nada. Hacienda no te devuelve dinero en el modelo 130: todo se ajusta en la declaración de la renta.

¿Es lo mismo que la renta?

No. El modelo 130 son adelantos de tu IRPF durante el año. En la declaración de la renta se calcula el impuesto definitivo y se restan estos adelantos: si pagaste de más, te devuelven; si pagaste de menos, pagas la diferencia.

Fuentes

Agencia Tributaria — Modelo 130. IRPF. Pago fraccionadoBOE — Reglamento del IRPF (artículos 109 y 110)Escrito por Fernando · Revisado el 2 de octubre de 2026